La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia pionera que abre la puerta a que la Justicia reconozca la identidad de una persona transexual, aunque sea en resoluciones firmes y dictadas en el pasado, antes del cambio oficial de nombre y género en el Registro Civil. Los jueces entienden que las sentencias ya dictadas no pueden cambiarse, pero sí se puede expedir una versión del fallo haciendo referencia a la nueva identidad de la persona transexual que así lo solicite para respetar su intimidad.
La Justicia ha dictado esta sentencia a raíz del caso de una mujer transexual cuyo cambio de nombre y género en el Registro Civil llegó cuatro años más tarde de la sentencia que le atribuyó la guardia y custodia de su hija. Sofía – nombre ficticio – quería evitar tener que dar explicaciones cada vez que aportaba esta sentencia, al referirse a ella como hombre y padre, y la única solución que le ofreció el juzgado fue estudiar de nuevo el caso y dictar una nueva, que además seguía refiriéndose a ella como padre de la menor.
Esta situación, según denunció, suponía “una grave intromisión en su derecho a la intimidad” ya que se veía “forzada a revelar su transexualidad a personas totalmente desconocidas, por ejemplo, al solicitar una beca para su hija”, momento en que tenía que acreditar que ostenta la guardia y custodia de la niña mediante copia de una sentencia que se refería a ella como padre y no como madre.
Ha sido la sección cuarta de lo civil de la Audiencia Provincial de A Coruña, con el magistrado José Luis Seoane como ponente, la que ha encontrado la solución: mantener restringido el acceso a la sentencia original, que no se puede cambiar, pero emitir una nueva versión del fallo que se refiera a Sofía por su nombre actual y como madre de la menor. Un documento que permitirá acreditar que tiene la custodia de la niña sin tener que dar explicaciones sobre su transexualidad.
Fuente: Cadena SER
Alberto Pozas 30/07/2019
Foto: Getty Images